Existen distintas definiciones para Agricultura Orgánica, Biológica o Ecológica según el foro de discusión; FAO, Unión Europea, Estados Unidos de América, IFOAM. Aún cuando todas coinciden en que es un método que consiste en la gestión del ecosistema en vez de la utilización de insumos agrícolas.
La definición de la comisión
Codex Alimentarius FAO/OMS define la agricultura orgánica así:
"La agricultura orgánica es un sistema holístico de gestión de la producción que fomenta y mejora la salud del agroecosistema, y en particular la biodiversidad, los ciclos biológicos, y la actividad biológica del suelo. Hace hincapié en el empleo de prácticas de gestión prefiriéndolas respecto al empleo de insumos externos a la finca, teniendo en cuenta que las condiciones regionales requerirán sistemas adaptados localmente. Esto se consigue empleando, siempre que sea posible, métodos culturales, biológicos y mecánicos, en contraposición al uso de materiales sintéticos, para cumplir cada función específica dentro del sistema". (Comisión del Codex Alimentarius, 1999)
Por otro lado según
IFOAM (Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica) se entiende comúnmente por agricultura orgánica aquélla donde no se usan insumos sintéticos y cuyos métodos de producción contribuyen al mantenimiento o mejoramiento de la fertilidad del suelo.
La agricultura orgánica también es conocida en otros países como:
Estos nombres son igualmente reconocidos por IFOAM